Consejo Regulador
¿Qué es el Consejo Regulador?
- El Consejo Regulador es una corporación de derecho público sujeta a derecho privado, con personalidad jurídica propia, autonomía económica y con plena capacidad de obrar para el ejercicio de sus funciones teniendo su sede en Totana. Está integrado por cinco vocales en representación de los productores y cinco vocales en representación de los elaboradores, siendo elegidos todos democráticamente, además de un representante de la Consejería de Agricultura y Agua de Murcia.
- En 1998 organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas y el sector industria en la Región de Murcia, solicitaron a la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente la protección del Pimentón de Murcia mediante una Denominación de Origen, lográndose su reconocimiento el 20 de abril de 2001, y publicándose su reglamento el 17 de diciembre de 2001.
Garantía de Control y Calidad
- El Consejo Regulador controla todo el proceso de producción y elaboración, garantizando el origen y calidad del Pimentón, disponiendo de servicios propios de control para la calificación y certificación del origen y características analíticas del Pimentón.
- También tiene capacidad de sancionar, así como llevar a cabo los distintos Registros del Consejo, promocionar y defender la Denominación de Origen Protegida y las demás funciones establecidas en su Reglamento.
La garantía de origen
- Inscripción en los registros del Consejo.
- Declaración de Producción.
- Control de movimiento de cáscara para pimentón.
- Supervisión de la elaboración.
La Garantía de Calidad
- Toma de muestras por técnicos.
- Análisis de laboratorio, para valorar el cumplimiento de los parámetros que determina el reglamento de la Denominación de Origen Protegida.
- Análisis sensorial, para determinar si su color y sabor, tipicidad y equilibrio se corresponde con el Pimentón de Murcia.
¿Qué es una DOP?
DOP
- En el Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo de 2006, sobre protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, se define como:
- -“el nombre de una región, de un lugar determinado o, en casos excepcionales, de un país, que sirve para designar un producto agrícola o un producto alimenticio:
- - Originario de dicha región, de dicho lugar determinado o de dicho país,
- - Cuya producción, transformación y elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada.
¿Qué es una IGP?
IGP
- En el Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo de 2006, sobre protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, se define como: “el nombre de una región, de un lugar determinado o, en casos excepcionales, de un país, que sirve para designar un producto agrícola o un producto alimenticio:
- - Originario de dicha región, de dicho lugar determinado o de dicho país,
- - Que posea una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda atribuirse a dicho origen geográfico, y
- - Cuya producción, transformación o elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada.”
¿Qué es una ETG?
ETG
- La mención Especialidad Tradicional Garantizada (ETG) no hace referencia al origen, sino que tiene por objeto proteger una composición tradicional del producto o un modo de producción tradicional.
- En el Reglamento (CE) 509/2006, de 20 de marzo de 2006, sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios, se define como: “producto agrícola o alimenticio tradicional que se beneficia del reconocimiento por la Comunidad de sus características específicas mediante su registro de acuerdo con dicho Reglamento.”
Legislación
- Orden de 16 de diciembre de 1999, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se concede una protección transitoria a la denominación de origen Pimentón de Murcia y se crea su consejo regulador.
- Orden de 20 de abril de 2001, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente por la que se crea el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pimentón de Murcia.
- Orden de 23 de abril de 2001, sobre nombramiento provisional de los miembros del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pimentón de Murcia.
- Orden de 17 de diciembre de 2001, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente por la que se aprueba el reglamento de la Denominación de Origen Pimentón de Murcia y de su Consejo Regulador.
Zona de Producción
- La zona de producción de los pimientos destinados a la elaboración del pimentón que vaya a ser amparado por la Denominación de Origen Pimentón de Murcia, está constituida exclusivamente por aquellos terrenos que estén dentro de los siguientes términos municipales de la Región de Murcia:

- Alhama de Murcia
- Beniel
- Fuente Álamo
- Lorca
- Molina de Segura
- Cartagena
- Fortuna
- Librilla
- Murcia
- Puerto Lumbreras
- San Javier
- Santomera
- Torre Pacheco
- Totana
DOP Pimentón de Murcia
Consejo DOP Pimentón de Murcia
Etiquetas
Alimentación
Auditor
Calidad
Calidad Alimentaria
Calidad Diferenciada
Campaña 2017-18
Campaña promoción pimentón de Murcia
Congreso Estatal DOP IGP
Congreso Nacional DOP IPG
Consejo Regulador
Cuotas y Plazos
Denominación de Origen
Documentación Adecuación CRDOP
DOP
DOP Pimentón de Murcia
Elaboradores de pimentón
ENAC Certificación
Espelette
Fabricantes Pimentón
Gastronomía
Humus Casero
Humus con Pimentón de Murcia
IGP
III Asamblea Origen España
Inspección
IPG
Lavado
Legislación DOP
Oficina
Organoléptico
Origen España
Pimentón de Murcia
Pimentón no contiene glúten
Plan de Autocontrol
Plazo de inscripción de parcelas y Secaderos
Plazos y Cuotas
Proceso de Producción
Productores de pimentón
Recetas
Recetas con Pimentón
Salon Gourmets Barcelona
Solicitudes
Totana
UMH Orihuela
Vídeos